¿Cuáles son los gastos para inscribir la Declaratoria de Herederos en el Registro de la Propiedad Inmueble?

Saber cuánto te va a salir inscribir la Declaratoria de Herederos es fundamental para que puedas decidir si te conviene inscribirla o vender el inmueble por Tracto Abreviado.

A continuación, te voy explicar de forma clara y detallada cuáles son gastos que vas a tener que pagar si la sucesión tramita en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y qué significa cada uno.

Para empezar, tenemos que diferenciar 2 tipos de costos:

A) Gastos judiciales

B) Gastos administrativos

En esta nota, vamos a ver los gastos judiciales que vas a tener que pagar para inscribir la Declaratoria de Herederos (como vimos anteriormente en la nota ¿Qué es la sucesión?, es una resolución en la que el Juez te reconoce como heredero de la persona que falleció). Es importante aclarar, entonces, que la sucesión ya tiene que estar iniciada y la segunda etapa terminada.

Ahora sí, te voy a explicar a continuación uno por uno:

1.- Tasa de Justicia

Es el impuesto que se paga para poder acceder al servicio de justicia. En el caso de las sucesiones, corresponde el pago del 1,5% sobre el valor fiscal del inmueble (es el que se encuentra en la boleta del Impuesto Inmobiliario ABL  como “VFH” -Valuación Fiscal Homogénea-).

2.- Sobretasa de Justicia

Es el impuesto que se paga en el caso de los inmuebles, calculando estimativamente el valor de los muebles que se encuentran en su interior. Debe abonarse el importe correspondiente al 5% de la Tasa de Justicia.

3.- Informe de Dominio del Registro de la Propiedad Inmueble CABA: $1000.-

Es un informe que se pide al Registro de la Propiedad Inmueble CABA para conocer la titularidad de dominio inscripta, por lo que permite conocer quién es el dueño del inmueble (el resultado debe informar que efectivamente la persona que falleció es el dueño del inmueble).

Tiene un arancel de $1.000.- por inmueble (si se van a inscribir 2 inmuebles, se pagarían $2.000.- y así sucesivamente).

4.- Informe de  Anotaciones Personales, Inhibiciones y Cesiones: $1000.-

Es un informe que se pide al Registro de la Propiedad Inmueble CABA para conocer si hay inscripciones en el Registro de Anotaciones Personales por Inhibiciones y Cesiones de Acciones y Derechos Hereditarios.

Si la persona que falleció tenía deudas, puede ser que el resultado informe alguna medida cautelar (por ejemplo, una inhibición general de bienes que le impería vender) y también informará si los herederos cedieron sus derechos hereditarios.

Tiene un arancel de $1000.- por persona (si la sucesión se inicia porque fallecieron 2 personas, se pagarían $2.000.- y así sucesivamente).

En resumen, los gastos judiciales que vas a tener que pagar para inscribir la Declaratoria de Herederos en el Registro de la Propiedad Inmueble dependen del valor fiscal del inmueble, de la cantidad de inmuebles y de personas por las que se inicia la sucesión (“causantes”).

¡Espero haber sido clara! Cualquier duda que tengas podés escribirme completando el siguiente formulario:

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