¿Cómo puedo aceptar una herencia sin iniciar la sucesión?

¿Sabías que existen formas de aceptar una herencia sin necesidad de iniciar la sucesión, contratar a un abogado o siquiera presentarte en Tribunales? En este artículo te cuento cuáles son y qué tenés que hacer.

El artículo 2294 del Código Civil y Comercial de la Nación es el que enumera los "actos que implican aceptación de la herencia". 

Si bien en primer lugar se encuentra “la iniciación del juicio sucesorio del causante o la presentación en un juicio en el cual se pretende la calidad de heredero o derechos derivados de tal calidad“, lo cierto es que no es el único acto que supone aceptación de la herencia.

A continuación, veremos otros actos que suponen necesariamente la intención de la persona de aceptar la herencia o la voluntad de asumir la condición de heredero. Esto así, porque se entiende que estos actos no pueden haber sido realizados sino en calidad de heredero (es decir, como dueños o titulares de la herencia).

1.- Vender o donar un bien de la herencia o ejercer “actos posesorios” sobre él (por ejemplo: alquilarlo, pagar impuestos, realizarle alguna mejora, etc).

2.- Ocupar o habitar un inmueble de propiedad de la persona que falleció a partir del año desde la muerte.

3.- No contestar una notificación judicial donde se nos informa que se nos ha demandado en calidad de heredero.

4.- Ceder los derechos hereditarios, ya sea a cambio de una suma de dinero o gratuitamente.

5.- Renunciar a la herencia en beneficio de uno, varios o de todos los demás coherederos, ya sea a cambio de una suma de dinero o gratuitamente.

Espero que te lleves de este artículo información sobre las distintas formas que existen de aceptar una herencia. Si tenés alguna consulta sobre este tema, podés contactarme completando el siguiente formulario:

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    Estudio Castosa